lunes, 21 de febrero de 2011

Comparación de Decretos

Una vez constatados ambos Decretos, el de Castilla- La Mancha y el Madrid, se puede observar que la mayor diferencia entre ambos es el modelo de gestión de la convivencia que persigue cada uno de ellos. Mientras que el Decreto de Castilla- La Mancha utiliza un modelo relacional integrado, en el que a través del diálogo y con la colaboración de un mediador se intenta solucionar el conflicto, el Decreto de Madrid utiliza un modelo punitivo, en el cual la única forma de solucionar el conflicto es imponiendo una sanción.

Una vez comparado ambos Decretos, se puede observar que en el Decreto de Madrid se expone unas obligaciones que deben de cumplir los alumnos, como son la asistencia a clase, la puntualidad, el cuidado y respeto de los materiales o el respeto a la autoridad del profesor. Pero en referencia a los docentes, no se muestra que ellos tenga que llevar a cabo tales obligaciones, que desde mi punto de vista, deberían de cumplir tanto alumnos como docentes. También hay que tener en cuenta que si los alumnos no cumplen estas normas, y dependiendo de la gravedad de las mismas, se pondrá una sanción leve, grave o muy grave. A través de estas sanciones, se intenta que el alumno se de cuenta de su comportamiento inadecuado y que le corriga, sin que se produzca con posterioridad algo similar.

Por otro lado, como se puede observar en el Decreto de Castilla- La Mancha, no hay ningun apartado que indique exclusivamente las obligaciones del alumno o en el cual se citen las diferentes sanciones que se van a llevar a cabo, ya que como hemos citado con anterioridad, este Decreto busca la solución del conflicto a través del diálogo, en la que intervendrá un mediador para que se llegue a un acuerdo gratificante para ambas partes.

Por tanto, como se puede observar las diferencias de ambos Decretos son claras, y esto no quiere decir que uno sea mejor que otro o más productivo a la hora de conseguir mejores resultados. Mientras que uno intenta conseguir la resolución a través del diálogo, el otro de manera más estricta, lleva a cabo la imposición de una sanción, pero ambos son igual de efectivos.

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